INTEGRACION LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD: EN BUSCA DE LA INTEGRACIÓN TOTAL

INTEGRACIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD: EN BUSCA DE LA INTEGRACIÓN TOTAL

El derecho a la integración laboral de las personas con discapacidad

CONTENIDOS

El punto de inicio de este derecho se halla en el artículo cuarenta y nueve de la Constitución. En este se determina que los poderes públicos efectuarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación y también integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos. Se tiene que prestar la atención especializada que requieran y los protegerán en especial para el disfrute de los derechos que la Constitución da a todos y cada uno de los ciudadanos.

PERSONAS: integración laboral de PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Para cumplir se dictó la Ley 13/1982, de siete de abril.

El artículo tres LISMI establece que las personas con discapacidad tienen derecho a la integración laboral.

Para facilitar la integración laboral, la Ley 13/1982 establece una serie de mecanismos, como son la necesidad de que las empresas con más de cincuenta trabajadores cuenten con un dos por ciento de los puestos ocupados por personas con discapacidad. O bien la existencia de centros singulares de empleo en donde se ocupa a quienes no cuentan con la capacidad mínima precisa para poder emplearse en puestos ordinarios de trabajo. Toda esta legislación es la base de la Integración laboral de personas con discapacidad.

Sin embargo, en cuanto a la integración laboral de las personas con discapacidad sigue habiendo mucho por hacer. Muestra de ello es la normativa que se ha venido aprobando en los últimos tiempos desde la Ley 51/2003, de dos de diciembre, de igualdad de ocasiones, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, en la que vuelve a respaldarse legalmente el derecho a la igualdad de ocasiones de las personas con discapacidad en el campo del empleo y la ocupación. Entre esas nuevas reglas, que han supuesto un notable impulso a la labor de llevar a la práctica ese principio de igualdad de trato, pueden citarse la Ley 53/2003, de diez de diciembre, sobre empleo público de personas con discapacidad, el R. D. 290/2004, de veinte de febrero, por el que se regulan los entornos laborales como medida de promuevo del empleo de las personas con discapacidad, el R. D. 364/2005, de ocho de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter inusual de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad, el R. D. 469/2006, de veintiuno de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Singulares de Empleo y la Ley 43/2006, de veintinueve de diciembre, para la mejora del desarrollo y del empleo.

INTEGRACIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD: EN BUSCA DE LA INTEGRACIÓN TOTAL

Integración laboral de personas con discapacidad: LABORPLUS

En laborplus ofrecen servicios de Outsurcing, Entorno Laboral, Administración y de Punto de Venta, facilitando la integración laboral de personas con discapacidad a través de todas y cada una de las vías de cooperación o bien de los servicios posibles

Elementos de ayuda útiles para la inserción laboral

La manera de presentar a la persona con discapacidad como válida para la compañía es esencial. El contacto con el empresario, la planificación de las labores, exponiendo los compromisos, derechos y deberes, tanto del empresario como del trabajador. Todo este marketing es esencial. El análisis del trabajo es sobre las tareas y funciones que el trabajador tiene que cumplir. Va a haber que examinar las políticas y procedimientos de la compañía. La función primordial de todo esto es la de informar al trabajador de cuáles van a ser sus derechos y deberes.

El diseño y análisis de labores va a permitir conocer al trabajador cuáles son aquellas tareas que van a representar mayores desafíos o bien contrariedades. Va a haber que alterar o bien desarticular estas labores en trabajos más simples que asistan al adiestramiento del trabajador. Se puede llegar a la opción de volver a diseñar ciertas labores a fin de que supongan menos complejidad y sean más convenientes para el trabajador.

En este sentido hay que tener un singular tacto para no recalcar extremadamente diferencias de capacidades entre los trabajadores y de esta forma eludir una discriminación. No nos olvidemos que el objetivo principal es el de normalizar. El adiestramiento de la autonomía personal es esencial. El trabajador tiene que contar con la asistencia y ayuda del resto de los trabajadores, dentro de lo posible.

Se trata de lograr un distanciamiento paulatino o bien y mejor dicho, un distanciamiento progresivo de las ayudas y de la asistencia para que el trabajador vaya ensayando una inclusión progresiva.  Solo así será una realidad la Integración laboral de personas con discapacidad.

INTEGRACION LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD: EN BUSCA DE LA INTEGRACIÓN TOTAL

Proyecto ECA IRPF dos mil dieciséis

Está Cofinanciado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales y es un ejemplo de iniciativas institucionales con el objetivo de la inclusión laboral de las perdonas con discapacidad. El Empleo con Apoyo se define como Sistema de apoyos a las personas con discapacidad o bien otros conjuntos bajo riesgo de exclusión social, a fin de que logren y sostengan un empleo en el mercado de trabajo abierto. El apoyo debe darse ya antes, a lo largo de y tras conseguir un contrato laboral, incluyendo, además de esto los apoyos al empresario y teniendo como punto clave en todo el sistema, la figura del Preparador Laboral.

Este sistema es parte integrante de las políticas activas de empleo y se encuentra regulado por el R. D. 870/2007, de dos de julio.

Entre las acciones a efectuar con este programa destacan la orientación y asesoramiento para la busca de empleo, la capacitación laboral a través de empleo de nuevas tecnologías, el diseño de trayectos adaptados de inserción, la prospección y captación de ofertas de trabajo la dotación de apoyos dentro y fuera del ambiente laboral, al trabajador y su familia y al empresario, el adiestramientos de las labores del puesto, el seguimiento y mantenimiento del puesto, la implementación del plan de voluntariado para el área de empleo y la campaña de sensibilización empresarial.

Los adjudicatarios son personas con discapacidad anotadas en los Servicios Públicos de Empleo como demandantes de empleo no ocupados, como trabajadores con discapacidad contratados en empresas ordinarias con necesidades de apoyo.

El Proceso de Inserción Laboral

La integración laboral de las personas con discapacidad es un proceso en el que debemos tener un fin. El uso integrado en empresas normalizadas. Empleo igual y en las mismas condiciones de labores, salarios y horarios. Lo realmente ideal sería que las personas con discapacidad pudiesen encontrarse con unas cotas de desempleo iguales a las del resto de la población. El dato de personas con discapacidad en paro en la actualidad (2018) ES en torno al sesenta y dos por ciento.

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